Descolonización mediante Asamblea Constitucional de Estatus -¿Quimera o fórmula ganadora?

Por: José E. Muratti Toro

El 25 de mayo de 1787, representantes de los primeros trece Estados Unidos de América, convocaron una Asamblea Constitucional para convertir los Artículos de Confederación y Unión Perpetua redactados al final de la Guerra de Independencia (1776-1783) en la Constitución que ha sido enmendada 27 veces desde su ratificación en 1789.

Desde esa fecha desde el Líbano a Francia, de Noruega a Nueva Zelanda, de Malasia a Canadá han convocado asambleas constitucionales para ratificar sus nuevos gobiernos como ex colonias así como para transformar sus estructuras de administrativas como estados soberanos.

Dos ejemplos significativos son el de Sudáfrica, al convertirse en un estado independiente gobernado por un ordenamiento jurídico que excluía al 76% de su población negra, y el de España para aprobar la Ley para la Reforma Política, que redactó la Constitución Española de 1978, y reformó el gobierno tras la muerte del dictador Francisco Franco.

El pasado 12 de abril, el coordinador general del Movimiento Victoria Ciudadana presentó ante el Comité de Recursos Naturales del Congreso estadounidense, la posición de dicho colectivo sobre dos proyectos ante dicho comité: el H.R. 1522, “Puerto Rico Statehood Admission Act”, sometido por el representante José Serrano, la comisionada residente Jennifer González y 62 congresistas, y el H.R. 2070, “Puerto Rico Self-Determination Act of 2021”, radicado por las representantes Nydia Velázquez, Alexandria Ocasio Cortés y otros 76 congresistas.

En su ponencia, Manuel Natal Albelo le recordó al comité que Puerto Rico, reclamado por los Estados Unidos como compensación a España por la Guerra Cubano-Hispano-Estadounidense de 1898, y convertido en un territorio no incorporado, subordinado a los poderes plenipotenciarios del Congreso, nunca ha sido consultado sobre el estatus que debe regir su destino. Los plebiscitos convocados en 1967, 1993, 1998, 2012, 2017 y 2020 nunca recibieron el compromiso del Congreso de acoger la voluntad expresada en las urnas, por lo que los resultados, por virtud del poder del Congreso, carecen de legitimidad democrática.

Más aún, el proyecto que propone la admisión de Puerto Rico como estado de la unión, conflige con los artículos de 73 y 74 del Capítulo XI de la Declaración relativa a territorios no autónomos de las Naciones Unidas, “a desarrollar el gobierno propio, a tener debidamente en cuenta las aspiraciones políticas de los pueblos, y a ayudarlos en el desenvolvimiento progresivo de sus libres instituciones políticas, de acuerdo con las circunstancias especiales de cada territorio, de sus pueblos y de sus distintos grados de adelanto”.

A pesar de que las Naciones Unidas, además de la Independencia y la Libre Asociación, reconocen la “Integración con un Estado independiente” como una de tres posibles formas de descolonización, la estadidad implica un proceso de subordinación política que contravendría el propósito de la Declaración de: a) “concederle a los “pueblos no hayan alcanzado todavía la plenitud del gobierno propio, reconocen el principio de que los intereses de los habitantes de esos territorios están por encima de todo”; y b) “desarrollar el gobierno propio, a tener debidamente en cuenta las aspiraciones políticas de los pueblos, y a ayudarlos en el desenvolvimiento progresivo de sus libres instituciones políticas”.

El MVC reconoce el H.R. 2070 como el único vehículo legítimo para promover el apoderamiento de un proceso de descolonización conducente a la auto-determinación y el auto-gobierno que el gobierno de los EEUU ha dicho respaldar durante 123 años, pero que, por virtud de su subordinación a los poderes del Congreso, le ha sido vedado al pueblo de Puerto Rico.

Una característica que distingue al MVC de los demás colectivos políticos de Puerto Rico es la inclusión en su plataforma de las tres fórmulas de estatus. Esto tuvo como resultado la elección en el 2020 de candidatos asociados a las tres fórmulas. Este compromiso con la descolonización se traduce en el compromiso de realizar una Asamblea Constitucional de Estatus, refrendada por el Congreso en la que, los electores escogerían representantes de las tres fórmulas para definir opciones no coloniales y excluidas de la Cláusula Territorial de la Constitución de los EEUU. Una vez definidas, se llevaría a cabo un referendo. Aquella que los votantes escojan con más de 50% de los votos, sería aprobada de manera irrevocable por el Congreso.

En 1947, las Naciones Unidas crearon unas directrices para asegurar la descolonización de unos 750 millones de personas – casi un tercio de la población mundial – que vivían en unas 80 colonias. Los EEUU convencieron a la ONU que el Estado Libre Asociado aprobado en 1952 justificaba la exclusión de los 17 territorios con unos 2 millones de habitantes todavía considerados colonias. El hecho de que incluso los partidarios de la estadidad abogan por la descolonización y que ante el Congreso haya dos proyectos con dicho propósito, demuestra irrefutablemente que el estatus sigue estando en issue.

El llamado de Natal y el MVC es a la descolonización. La estrategia inclusiva del MVC apuesta a la participación de todos. Nos corresponde, a la mayoría, decidir.

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