
Por: Christian Gonzalez Perez
Al cierre de esta edición, el Tribunal de Primera Instancia de San Juan, bajo el juez superior Anthony Cuevas, decidió desestimar la demanda incoada por Manuel Natal Albelo solicitando la impugnación del resultado de la alcaldía de San Juan. A continuación, expresiones autorizadas de Manuel Natal compartidas en su perfil de Facebook:

San Juan, Puerto Rico – El candidato a alcalde por el Movimiento Victoria Ciudadana, Manuel Natal Albelo, sometió una demanda en el Tribunal de Primera Instancia solicitando que se anule el resultado de la Unidad 77 y se celebre una elección nueva en esa unidad, que recoge el voto ausente y adelantado. Esto, ante las repetidas instancias de fraude que artificialmente le brindaron ventaja a su principal contrincante, el exsenador Miguel Romero Lugo.
Romero Lugo, por su parte, solicitó al Tribunal Supremo, quien fuera su aliado en obligar a la saliente alcaldesa Carmen Yulin Cruz a iniciar procesos de transición con él, que desestimara la demanda sin entrar en sus méritos, alegando que no fue emplazado directamente. Esto, tras evitar ser emplazado durante toda la semana, a pesar de que el tribunal establece que, de no comparecer, se concedería el remedio solicitado por la parte demandante, “sin más citarle, oírle, ni leerle”.
“Entre argumentos planteados por el PNP en todas sus formas (es decir, a través de Romero, su Comisionado Electoral y el Juez Presidente), la mayoría son procesales. Romero, por ejemplo, plantea que no se le emplazó dentro del término. Sí, la misma persona que se escondió por varios días para evitar ser emplazado. Por otro lado, el PPD argumenta que: “en la medida en la que no se pueda establecer que todos los votos adjudicados en la Unidad 77 de los precintos de San Juan fueron válidamente emitidos por electores autorizados para ello, procede el remedio solicitado en el presente caso”. El MVC se unió a nuestro reclamo. Curiosamente, en su moción de 30 páginas, el Presidente PNP de la CEE no brindó explicación alguna para el exceso de papeletas versus electores. Según admitido en entrevista radial ayer, no tiene la menor idea de lo que ocurre en la CEE. El Tribunal nos ha ordenado contestar las distintas mociones de desestimación en un solo escrito. Así lo estaremos haciendo”, expresó Manuel Natal en su página de Facebook sobre la demanda.
Natal argumentó en la demanda que existe una cantidad mayor de papeletas adjudicadas que la cantidad de personas que en efecto votaron válidamente en la Unidad 77 de San Juan. Esta Unidad incluye el voto ausente y voto adelantado.
«Existen por lo menos 6,593 papeletas municipales de la Unidad 77 que son ilegales y cuyos electores, cadena de custodia y procedencia son imposibles de determinar», lee la demanda.
Eva Prados también busca justicia
Sin embargo, el futuro de la alcaldía de San Juan no es el único que depende de un tribunal. Eva Prados Rodriguez, candidata del MVC por el distrito 3 de San Juan, radicó no solo una demanda en el Tribunal de Primera Instancia, sino que solicitó una investigación en la Cámara de Representantes. La petición también solicita la celebración de una nueva elección, ante la imposibilidad de generar un resultado confiable y certero. Por un lado, la demanda impugna la validez y legalidad de sobre 200 papeletas legislativas por supuestos hallazgos de fraude prima facie, pues asegura que no cuadran con la cantidad de votantes registrados válidamente o fueron emitidos en violación de las leyes y reglamentos para el voto adelantado de ese distrito representativo.
También cuestionó la validez y la confiabilidad de los resultados reportados en colegios de las unidades de voto adelantado y ausente, ya que -según dijo-, en su inmensa mayoría, consistían en maletines sin actas de escrutinio electrónico o manual, actas de incidencias y listas de votantes.
Prados Rodríguez añadió en declaraciones escritas que “estas irregularidades, contrarias a la Constitución, a la ley y a los reglamentos, son culposas, negligentes y fraudulentas, y tuvieron el efecto de mancillar y macular irremediablemente el proceso electoral llevado a cabo en este Precinto. Tal proceder, que diluyó y vulneró el derecho al voto de los electores con derecho a participar en estas elecciones, produce serias dudas sobre el verdadero resultado de esa elección e impide determinar con certeza quién recibió la mayoría de los votos legalmente emitidos. Ninguna persona honesta puede sentirse satisfecha siendo declarada ganador en estas instancias”.
A diferencia de las demandas de impugnación electoral presentadas hasta el momento en el Tribunal, la demanda de Prados Rodríguez tendrá como juzgador de los hechos también a la Cámara de Representantes, ya que el señor Juan Oscar Morales tomó juramento el pasado 2 de enero, antes de que la candidata por el MVC fuese notificada de la certificación de elección que le daba derecho a impugnar el resultado. Según el Código Electoral y la Constitución de Puerto Rico, el referido cuerpo legislativo es quien puede pasar juicio sobre la capacidad y la elección de sus integrantes.
La decisión en el caso de Natal además de ser injustficada en Derecho no habla bien del Juez.
Cargará siempre con ese error.